¿He sufrido un accidente de trabajo, tengo derecho a reclamar?

La persona que sufre un accidente debe comunicarlo al responsable en el centro de trabajo, recibirá la asistencia sanitaria correspondiente, bien de la mutua de la empresa, o en su caso de la Seguridad Social. En el caso de que la persona accidentada no puede continuar con su actividad laboral, los servicios sanitarios le expedirán parte médico de baja.

Con el correspondiente parte de baja, se acreditará ante la empresa dicha situación que determinará el principio de las prestaciones de incapacidad temporal de manera automática. La empresa deberá facilitar el parte por accidente de trabajo al trabajador.

Para reclamar una indemnización por un accidente de trabajo existen dos vías:

  • Vía penal:

Para reclamar una indemnización derivada de un accidente laboral por esta vía, se requiere que la empresa haya infringido la ley de prevención de riesgos laborales.

En los casos en los que los servicios médicos (mutua) consideren que las lesiones son de gravedad, están obligados a comunicárselo a la inspección de trabajo, en este caso, el inspector de trabajo actúa de oficio, en caso contrario no se produce dicha intervención, salvo denuncia expresa del trabajador ante la Delegación Provincial de la Inspección de Trabajo y Seguridad social, en nuestro caso, al encontrarnos en Lanzarote, sería la de Las Palmas. Si el inspector considera que la empresa no tomó todas las medidas de seguridad exigible, levantará acta de infracción.

  • Vía laboral:

Para reclamar una indemnización derivada de un accidente de trabajo a través de un procedimiento en la jurisdicción laboral, se debe comenzar con la presentación de una papeleta de conciliación en el SMAC. En el caso de que no se llegue a un acuerdo con la empresa, se presentaría una demanda ante el juzgado de lo social.